Aprueba IETAM procedencia e improcedencia de manifestaciones de intención de ciudadanas y ciudadanos interesados en postular su candidatura por la vía independiente 12/15/2020

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En sesión extraordinaria número 33, el Consejo General del IETAM aprobó por unanimidad, el Acuerdo mediante el cual se resolvió la procedencia de 30 manifestaciones de intención presentadas por ciudadanas y ciudadanos con el fin de participar como candidatos independientes en los comicios de la jornada electoral del domingo 6 de junio del 2021.

Una vez aprobado el Acuerdo en la sesión realizada de manera virtual a la que asistieron las consejeras y consejeros electorales así como las representaciones partidistas, las y los ciudadanos que obtuvieron la calidad de aspirantes, son los siguientes:

De conformidad con lo señalado en el Calendario del Proceso Electoral, quienes obtuvieron la calidad de aspirantes,  del 2 al 31 de enero de 2021 podrán realizar actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano requerido, de acuerdo con el cargo de elección popular por el que pretendan postular su candidatura independiente en el Proc

 

eso Electoral Ordinario 2020-2021.

Asimismo, el Consejo General aprobó el Acuerdo mediante el cual se resuelve la improcedencia de la manifestación de intención para obtener la calidad de aspirantes a la candidatura independiente para la elección del cargo de presidencia municipal,

 

sindicaturas y regidurías que integran el ayuntamiento de El Mante, presentada por el ciudadano Enrique Lién Guzmán, por no cumplir con los requisitos señalados en la normatividad aplicable.

En el marco de esta sesión extraordinaria, las y los integrantes del Consejo General aprobaron el Acuerdo por el que se determinaron los límites del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos con derecho a ello, así como, las person

 

as aspirantes, candidatas y candidatos independientes, durante el ejercicio 2021.

En ese sentido, de conformidad con lo

 

señalado en el marco normativo aplicable, los límites al financiamiento privado son los siguientes:

Cabe señalar que la suma del financiamiento privado de los partidos, bajo todas sus modalidades, en ningún caso podrá ser superior al monto de financiamiento público.

Finalmente, es importante señalar que cada uno de estos acuerdos aprobados por el Consejo Genera

l, s

 

e pueden consultar en la siguiente liga:

https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2020&idTdoc=2

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